¿Cómo se solicitan estos mecanismos? los
Mecanismos Alternativos se solicitarán de manera verbal o escrita ante la
autoridad competente. Cuando se trate de personas físicas la solicitud se hará
personalmente y, en el caso de personas morales, por conducto de su representante
o apoderado legal. La solicitud contendrá la conformidad del Solicitante para
participar voluntariamente en el Mecanismo Alternativo y su compromiso de
ajustarse a las reglas que lo disciplinan. Asimismo se precisarán los datos
generales del Solicitante, así como los nombres y datos de localización de las
personas complementarias que hayan de ser invitadas a las sesiones. Realizada
la solicitud a que se refiere este artículo, o la derivación de la autoridad
competente a que se refiere el artículo siguiente, dará inicio el Mecanismo
Alternativo. Su
finalidad es que las partes lleguen a un acuerdo a través del dialogo de
controversias y evitar así llegar al proceso penal, dentro de ellas encontramos los siguientes:
Mediación:
es el acuerdo voluntario donde los intervinientes buscan y proponen opciones de solución a la
controversia, con el fin de alcanzar la solución de ésta regulados por un
facilitador.
Conciliación:
es un acto voluntario donde las partes dan opciones de solución a la
controversia en que se encuentran involucrados, a través de la figura de un
facilitador.
Junta
Restaurativa: mecanismo mediante el cual la víctima u ofendido, el imputado y,
en su caso, la comunidad afectada, buscan, construyen y proponen opciones de
solución a la controversia, con el objeto de lograr un Acuerdo, así como la
reintegración de la víctima u ofendido y del imputado a la comunidad y la
recomposición del tejido social.
Espero
que ésta información les sea de utilidad, hasta la próxima.
Comentarios
Publicar un comentario